[et_pb_section fb_built=»1″ admin_label=»section» _builder_version=»3.0.47″][et_pb_row admin_label=»row» _builder_version=»3.0.47″ background_size=»initial» background_position=»top_left» background_repeat=»repeat»][et_pb_column type=»4_4″ _builder_version=»3.0.47″ parallax=»off» parallax_method=»on»][et_pb_text admin_label=»Text» _builder_version=»3.0.106″ background_size=»initial» background_position=»top_left» background_repeat=»repeat»]
Si tu respuesta es si a las siguientes preguntas entonces puedes aplicar para éste reembolso y te explicaremos cómo hacerlo.
¿Tuviste ingresos anuales mayores a RD$416,220.01?
Durante el año anterior, ¿Incurriste en gastos por educación propia o de tus dependientes, si tienes?
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Si eres asalariado, el proceso es el siguiente:
1. Solicitar a la o las instituciones la factura con valor fiscal a tu nombre.
2. Registrarse virtualmente en la DGII como Persona Física Asalariada.
3. Solicitar clave de Acceso a la Oficina Virtual
4. Ingresar a tu Oficina Virtual y en el Panel de Gastos Educativos:
a. Acogerse a la Ley de Gastos Educativos.
b. Declarar dependientes.
c. Registrar gastos de dependientes y esperar que sean aceptados.
d. Realizar Declaración de IR18.
5. En la pestaña de Consulta Saldo se reflejará la Certificación de Reembolso que debe ser entregada a tu empleador para que el mismo proceda a realizar el pago de lugar conforme a sus procedimientos internos.
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Si eres Persona Física que presenta Declaraciones Juradas de IR1 o acogido al PST, el proceso es el siguiente:
1. Solicitar a la o las instituciones la factura con valor fiscal a tu nombre.
2. Ingresar a tu Oficina Virtual y en el Panel de Gastos Educativos:
a. Acogerse a la Ley de Gastos Educativos.
b. Declarar dependientes.
c. Registrar gastos de dependientes y esperar que sean aceptados.
3. El valor que sea compensado será reflejado en su Declaración Jurada IR-1 o PST.
Si necesitas que te apoyemos en ésta importante tarea o tienes alguna duda, consúltanos y será un gusto servirte.
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2 comentarios
Excelente artículo, esta muy y buen detallado para cualquier duda que tenga el usuario.
¡Gracias estimado Ángel!
Quedamos a la orden. 🙂
Los comentarios están cerrados.